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El gatito llegó a la veterinaria en estado grave.Yadira Illescas

¡Gatito violado y torturado!

Un nuevo caso de maltrato animal se registró en Ambato, esto pese a entrar en vigencia el endurecimiento de las penas por este delito

Otra vez Ambato. Un mes después de que 13 perros fueran hallados muertos en la capital de la provincia de Tungurahua se reportó otro caso de maltrato animal. Esta vez la víctima fue Pucho, un gato que fue violado y torturado.

La Agrupación Rescatistas Independientes, quedó a cargo de su recuperación y no sabe la fecha exacta del ataque al felino. Sandra Ojeda, de este grupo, informó que es la primera vez que atienden un caso de tortura a un gatito. Sucedió en el sector de Cumandá, centro norte de Ambato.

La activista detalló que el hecho se habría dado cuando Pucho salió de la casa de sus dueños. Fue trasladado grave hasta una veterinaria, donde detectaron que tenía desgarro anal a causa de la violación. “El diagnóstico es que le metieron un objeto cortopunzante por el recto, pero le salió por la espalda. Ahora está estable. El viernes 24 en la mañana comió y se recupera de manera favorable”, expresó Ojeda.

La veterinaria Fernanda Carrillo operó al minino y explicó que tuvo suerte de que la penetración fue por la piel, de lo contrario, si ingresaba por el recto, podría haberle provocado una peritonitis. Además, a causa del dolor y la tortura a la que estaba siendo sometido, el animal trató de defenderse, lo que le hizo perder sus uñas.
Los veterinarios tuvieron que reconstruir la piel, en el lomo, del gato.Yadira Illescas

El fiscal Pedro Intriago, de la Fiscalía Provincial del Guayas, explicó que con las reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP), el maltrato animal pasó de ser una contravención a un delito de acción privada.

De hallar al responsable de la agresión a Pucho, este podría ir hasta un año a la cárcel porque las lesiones fueron hechas con crueldad y tortura. Además, incluye zoofilia, que también se condena con un año de prisión. Si el animal muere, el agresor podría ser condenado a tres años de pena privativa de libertad.

Intriago detalló que, al ser un delito de acción privada, la persona que se entera de estos delitos tiene que presentar la denuncia ante un juez de derechos. “La Fiscalía no interviene en delitos de acción privada. En estos asuntos de protección animal forman parte importante los municipios de cada jurisdicción. Son los que regulan acciones a través de ordenanzas municipales”, comentó.

Para Inti Alvarado, abogada de la Fundación Rescate Animal, las reformas al COIP representan un avance importante para procurar la protección de los animales. Además del endurecimiento de las penas, destaca el hecho de que ya no se discrimine el delito de acuerdo con la especie. “Antes solo se hablaba de animales de compañía, pero ahora hablamos de maltrato a la fauna urbana”, dijo.

Sin embargo, cree que aún hay dudas de cómo se va a dar en la práctica el proceso de denuncias, porque este es engorroso y costoso. Sugirió que tiene que haber veterinarios especializados en maltrato no solo físico, sino psicológico, para la evaluación de las pruebas, además de cómo se van a involucrar los actores estatales.

“Al ser un delito de acción privada, ni la Fiscalía o Policía se involucran. Sin embargo, tenemos a la policía comunitaria que es un actor importante a la hora de registrar un delito. Aún hay dudas respecto al rol que van a tener”, señaló.

El animal fue agredido con un machete. Por el momento, no se tiene datos de la persona que la hirió.Archivo

Casos en cuarentena

A diario, la Fundación Rescate Animal Ecuador (FRAE) recibe un promedio de diez denuncias por maltrato a perros, gatos y otros de fauna urbana. En enero les pidieron asesoría para denunciar 16 casos.

Entre los cantones que más reportes generan están: Guayaquil, Daule, Durán, Samborondón, Portoviejo, Chone, Quito, Machala, Puyo y Manta. Justo en la última ciudad, el pasado 25 de junio, cuatro mininos aparecieron agonizando en una urbanización. Aparentemente, un vecino les dio comida con vidrio molido.

Tres días después se reportó en Ambato el aparente envenenamiento de 13 perros, cuatro de ellos con dueños. El pasado 9 de junio, una perra fue encontrada en el Camal Metropolitano, sector del sur de Quito; había recibido seis machetazos que desfiguraron su rostro y le hicieron perder un ojo.

Aunque las reformas entraron en vigencia el pasado 21 de junio, no aún hay dudas sobre a quién le compete la investigación penal, en caso de muerte de un animal. Alvarado insiste en la capacitación de personal para llevar dichos casos. “En el COIP se señala que si una persona no tiene un abogado particular se le puede designar un defensor público. Pero, ¿qué abogados especializados en la temática tiene? Sin un trabajo paralelo de capacitación, de sensibilización, va a ser muy difícil lograr justicia para los animales”, lamentó.

"Tiene problemas psiquiátricos"

El médico veterinario y zootecnista Geovanny Abril Ortiz comentó que la primera semana de julio atendió el caso de una perrita violada en Ambato.

“Se le hicieron tres puntos de sutura para disminuir el ancho del orificio anal. Tenía mucho problema al defecar y dolor a causa de la violación”, explicó.

Manifestó que estos casos los cometen personas con problemas psiquiátricos, que no están en sus capacidades mentales.

“Es la primera ocasión que atendí una violación, aunque sí se dan temas de maltrato. Pero se debe tener mucho cuidado y estar vigilantes con los animalitos y tratar de identificar a estas personas, porque también podrían causarle daños a los niños o personas adultas. Son personas con trastornos psicológicos”, agregó. 

Las penas son más duras para los dueños

Las reformas aprobadas y que entraron en vigencia el pasado 21 de junio establecen pena privativa de libertad de dos a seis meses a la persona que lesione a un animal del conjunto de la fauna urbana causándole un daño permanente. Si la conducta se realiza como consecuencia de la crueldad o tortura animal será sancionada con pena privativa de libertad de seis meses a un año.

Sobre la muerte a un animal que forme parte del ámbito de la fauna urbana, resultado de actos de crueldad, se sancionará con pena privativa de libertad de uno a tres años.

Se aplicará el máximo de la pena si se causa al animal la pérdida o inutilidad de un sentido, órgano o miembro principal; los hechos se hayan ejecutado en presencia de un niño, niña o adolescente; si el animal es cachorro, geronte o hembra gestante; cuando la infracción sea cometida por el dueño o tenedor del animal o por quien esté a su cuidado temporal o permanente, entre otros.