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¿Cómo saber si una deuda prescribió en Ecuador?
Sí te alcanza | El Código Civil de Ecuador y la legislación ecuatoriana señalan lo relacionado con las deudas
El Código Civil ecuatoriano presenta diversas formas en las que una obligación puede 'hacerse humo'. Entre estas, la prescripción.
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Cuando la 'pipol' busca financiamiento para adquirir algo o enfrentar una emergencia, genera una deuda que debe pagar más 'lueguito'.
La prescripción, de acuerdo con el artículo 2392 del Código Civil, es el modo en que se adquieren cosas ajenas o se extinguen acciones y derechos ajenos, porque no se han ejercido durante un tiempo definido y cumpliendo con ciertos requisitos legales. Es decir, en realidad lo que prescribe es el plazo de cobro por vía judicial.
Para 'pararte tieso' y hacerlo valer, se debe presentar una solicitud ante un juez: no es un proceso automático ni dable para actuar de oficio.
Ahora, las deudas pueden estar respaldadas por un documento, letra de cambio o pagaré, o pueden ser acuerdos verbales de confianza, que se resuelven a través de un proceso ordinario. Pueden ser objeto de presión, ya sea por llamadas de cobranza o demandas judiciales, incluyendo el embargo y posterior remate de tus bienes.
Ojo aquí: Las acciones ejecutivas (la vía judicial) prescriben en cinco años, mientras que las deudas ordinarias prescriben en diez años. Sin embargo, una acción ejecutiva se convierte en ordinaria después de cinco años y, una vez convertida, dura otros cinco años.
Ese es el tiempo que tienes como acreedor para llevar al deudor ante los tribunales y reclamar tu pago. ¿Cachas?
No dejes de exigir y defender lo que es tuyo. De la misma forma, haz valer tus derechos si te hayas en el caso opuesto: la legislación lo permite.
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