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Convertirse en jubilado: estas son las 3 opciones que el IESS te da
La más común es la que se conoce como jubilación por vejez. Si tienes pensado colgar los guantes en tu trabajo, esto es lo que debes saber.
Un año más de vida y otro más en el trabajo. Llegar a los 65 años y tener un mínimo de 360 imposiciones mensuales en el Instituto de Seguridad Social (IESS), es la meta por la que un empleado espera para llamarse jubilado.
Esos son los requisitos básicos —según la Ley de Seguro Social— para cualquiera que esté pensando en pegarse unas vacaciones ilimitadas de la oficina. Sin embargo, hay al menos tres opciones para jubilarse que se pueden tramitar desde la página web del IESS.
Las disponibles son tres: jubilación por vejez, jubilación por invalidez y jubilación por discapacidad. En una entrevista radial, Rosario Silva, directora del Sistema de Pensiones del IESS, explicó qué se debe tener para acceder a estas.
La de vejez es a la que se llega por edad y es por así decirlo, la más común. A esta también pueden acogerse quienes se hayan afiliado de manera voluntaria. Como ejemplo, Silva se refirió al caso de una mujer de 55 años que empiece recién sus aportaciones. Deberá esperar hasta los 65 años y cumplir con al menos 15 años como afiliada para poder ser jubilada.
El artículo 186 de la Ley de Seguridad Social hace mención a este tipo de jubilación. El único motivo por el que puede obviarse el mínimo en edad, es si el usuario tiene 480 imposiciones al seguro.
La otra opción que hay es jubilarse por invalidez. Aquí la funcionaria precisó que como requisito hay que estar activo como afiliado, presentar un mínimo de 60 aportaciones y que el deterioro en su salud no pueda mejorarse y que de paso, represente un problema para desenvolverse con normalidad en el trabajo.
En este caso la solicitud pasa a un comité evaluador que decide si procede o no el pedido. Es por esto que de las formas de pasar al grupo de jubilados, la que se tiene por discapacidad, está entre las más flexibles.
Sobre todo si se habla de discapacidad intelectual, en donde el tiempo de aportaciones obligatorias se acorta a 20 años. Además, la ventaja para quienes entren en este grupo es que no hay edad mínima a cumplir para pedir la salida.
Entre otros detalles, Silva explicó que la jubilación patronal es un trámite aparte. “Esto corresponde netamente con el empleador”.
Resaltó también que las modalidades que procesa el IESS, demoran aproximadamente 12 días en aprobarse. Es decir, se hace la solicitud desde la página web, cuenta 12 días y listo: más cerca de ser jubilado.
La buena noticia es que aún siendo jubilado se puede volver al ruedo y buscar trabajo en otro lugar. Claro, en caso de que se quiera poner en pausa esas merecidas vacaciones y retiro.