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Así funcionaría la nueva deducción de gastos

El proyecto de carácter ‘urgente económico’ plantea que la deducción de gastos sea de acuerdo al número de cargas familiares y si la persona gana un sueldo superior a los $ 3.000 mensuales.

Imagen impuestos
En caso que la ley sea aprobada, a partir del 2018, el IR que pagará una persona natural con ingresos altos por año estará sujeto a la cantidad de cargas que tenga.

La propuesta de Ley Orgánica para la Reactivación Económica, remitida el pasado 1 de noviembre a la Asamblea Nacional por parte del presidente Lenín Moreno, ya está dando de qué hablar.

Dicho proyecto de carácter ‘urgente económico’ plantea que la deducción de gastos sea de acuerdo al número de cargas familiares y si la persona gana un sueldo superior a los $ 3.000 mensuales.

Actualmente, el tope máximo para la deducción de gastos para el cálculo del Impuesto a la Renta (IR) es de $ 14.677, según el SRI. Sin embargo, con la nueva propuesta, ese límite baja de acuerdo a las cargas familiares, en caso de que la persona gane más de ocho salarios básicos unificados ($ 3.000).

En caso que la ley sea aprobada, a partir del 2018, el IR que pagará una persona natural con ingresos altos por año estarán sujetos a la cantidad de cargas que tenga.

Los casos:

1) Si la persona tiene tres o más cargas familiares o una carga que posea una enfermedad catastrófica o discapacidad del 30%: podrá deducir hasta $14.667 en impuestos. (En este caso el cálculo se mantiene igual)

2) Si la persona cuenta con dos cargas familiares: podrá deducir hasta $12.419 en impuestos.

3) Si la persona tiene una carga familiar: podrá deducir hasta $10.161 en impuestos.

4) Persona que no tenga cargas familiares: podrá deducir hasta $ 7.903 en impuestos.

5) Para personas que ganen hasta $ 3.000 mensuales, aplica el primer caso.

Cargas y deducibles

En la propuesta son consideradas como cargas familiares a los padres, cónyuge o pareja en unión de hecho e hijos, que no perciben ingresos gravados y dependan de este.

Los ítems deducibles son los gastos personales en alimentación, vestimenta, educación (incluye arte y cultura), salud, arriendo y pago de intereses para adquisición de vivienda.

¿Quiénes se salvan?

Aquellas personas cuyos ingresos mensuales lleguen hasta $ 1.039,02 no pagan IR. Por lo tanto no tienen la obligación de deducir gastos personales debido a que tras restar primero su aporte al IESS no superarán los $ 11.290.