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Dolorosa muerte de bebé de 5 meses en Quito: Así fue descubierto el suceso
El hecho se registró en el centro norte capitalino. La pequeña fue llevada a una clínica, donde se comprobó que no tenía signos vitales
La madrugada del martes 4 de marzo de 2025, una lamentable tragedia ocurrió en el centro norte de Quito, cuando una bebé de aproximadamente cinco meses de edad fue ingresada de emergencia a una clínica de la zona, específicamente en la avenida 10 de Agosto. Pese a los esfuerzos médicos, la menor no presentó signos vitales al momento de su llegada.
Según las primeras investigaciones, de acuerdo con lo detallado por fuentes policiales, la bebé estaba bajo el cuidado de una familiar mientras su madre trabajaba. En determinado momento, al parecer, al verificar su estado, la persona a cargo notó que la menor no respondía, por lo que fue trasladada de inmediato al centro de salud, donde el personal médico confirmó su fallecimiento.
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Elementos de la unidad investigativa y del eje preventivo acudieron al sitio tras la alerta del ECU 911. De acuerdo con el reporte preliminar, no se hallaron indicios de violencia en la escena. El caso está en manos de las autoridades competentes, quienes continuarán con las diligencias necesarias para esclarecer las causas del deceso.
La avenida 10 de Agosto
¿Se abrió una causa penal por la muerte de la bebé?
Las fuentes policiales no han precisado si hubo algún detenido en este caso, el cual —de haber alguna persona procesada— podría ser investigada por un delito de homicidio u homicidio culposo. ¿Cómo se sancionan estos delitos? En Ecuador, el Código Orgánico Integral Penal (COIP) tipifica el homicidio y el homicidio culposo con diferentes sanciones, dependiendo de la intencionalidad y las circunstancias del hecho.
El homicidio, contemplado en el artículo 144 del COIP, se sanciona con una pena privativa de libertad de diez a trece años. Este delito ocurre cuando una persona causa la muerte de otra sin que existan circunstancias que configuren asesinato, femicidio u otras agravantes específicas. En estos casos, la investigación se enfoca en determinar la intencionalidad y los medios empleados para cometer el acto.
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Por otro lado, el homicidio culposo, regulado en el artículo 145, se refiere a la muerte causada por imprudencia, negligencia o inobservancia de normas. La pena varía según la gravedad de la falta y el nivel de responsabilidad del involucrado, oscilando entre uno y tres años de prisión. Sin embargo, si la muerte ocurre en el ejercicio de una profesión, arte u oficio, la pena puede aumentar hasta cinco años. Este tipo de delitos es común en accidentes de tránsito, malas prácticas médicas u otros eventos en los que no hubo intención directa de causar daño, pero sí una conducta que puso en riesgo la vida de otra persona.
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