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Daniel Noboa finalmente tomará la licencia para hacer la campaña por la reelección a la Presidencia.Archivo particular

Daniel Noboa le encargó la Presidencia de Ecuador a Cynthia Gellibert

El Presidente de Ecuador decretó que Cynthia Gellibert sea quien lo reemplace mientras realiza su campaña a la reelección presidencial

Fin de la novela. Daniel Noboa decretó que Cynthia Gellibert, la vicepresidenta que recientemente nombró en ese cargo, sea quien lo reemplace en la Presidencia de la República mientras dure su campaña para la reelección.

(Te invitamos a leer: Noboa y su estrategia electoral: Análisis sobre su campaña sin licencia en Ecuador)

A través del decreto ejecutivo N. 500, el mandatario además dejó claro que su ausencia será del 9 al 12 de enero. "Mientras dure la ausencia temporal del Presidente de la República, el Mgs. Daniel Noboa Azín, no utilizará ningún recurso público, ni recibirá remuneración alguna", se lee del documento oficial.

Los cuestionamientos a Noboa

Durante los últimos días, el Presidente Noboa no solo fue cuestionado por no tomar la licencia que la Constitución dicta para mandatarios en ejercicio que desean reelegirse, sino que incluso recibió denuncias ante autoridades electorales, como la interpuesta por el también candidato presidencial Henry Cucalón.

El Consejo Nacional Electoral también se había pronunciado sobre la polémica: "Como máxima autoridad electoral recuerda a las y los servidores públicos, en ejercicio de sus funciones, la prohibición de inducir al voto a favor de una determinada preferencia electoral, promover aportes económicos hacia una candidatura u organización política y usar o permitir la utilización de recursos públicos para dichos fines". 

Daniel Noboa, Lavinia Valbonesi y Cynthia Gellibert.Cortesía X @CynthiaGelliber

En consecuencia, de acuerdo al decreto de encargo presidencial, el ejecutivo optó por disipar los rumores.

Que ante la ambigüedad del pronunciamiento del ente electoral, y dados los inconmensurables supuestos que pueden aparecer por la percepción de cada ciudadano sobre los actos que realiza el Presidente de la República, siendo por tanto, imprevisible e irresistible que el ejercicio de las funciones y atribuciones del Presidente de la República, en cualquier evento público, se confunda con un acto proselitista y de paso a denuncias por una infracción electoral; circunstancia de fuerza mayor que impide ejercer las funciones de Presidente de la República, por lo que resulta necesario que, para garantizar los principios de transparencia, equidad y seguridad jurídica, así como cumplir con un uso adecuado de los recursos públicos; de forma voluntaria, se separen y diferencien los periodos en los que el Presidente de la República ejerce sus funciones como tal, y los momentos en los que se ausenta temporalmente del cargo para realizar actividades proselitistas", se aclara.

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