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Se dispone a la CFN condonar deudas de hasta 5.000 dólares en Ecuador.CANVA.

Daniel Noboa dispone condonar deudas de hasta 5.000 dólares: Estos son los requisitos

Daniel Noboa ordena la condonación de deudas de hasta $5.000 en la CFN. Conoce quiénes califican y qué condiciones deben cumplir

Un día después de haber sido reelegido en segunda vuelta, el presidente de la República, Daniel Noboa, firmó el Decreto Ejecutivo 602, mediante el cual se dispone a la Corporación Financiera Nacional (CFN) condonar deudas de hasta 5.000 dólares bajo ciertas condiciones.

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La firma del decreto se realizó el lunes 14 de abril de 2025, desde Guayaquil, antes de que el mandatario regresara al Palacio de Carondelet en Quito.

¿A quiénes beneficia esta condonación?

El Decreto establece que la CFN deberá condonar de oficio —es decir, sin necesidad de que el cliente lo solicite— las deudas que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Monto total de capital adeudado de hasta $ 5.000.
  • La operación debe estar en estado judicial y calificada con riesgo "E", lo que implica una alta probabilidad de incobrabilidad.
  • La deuda debe estar totalmente provisionada y no contar con garantías reales para su ejecución.
  • La operación debe haber sido registrada hasta el 14 de abril de 2025, fecha de emisión del Decreto.
La firma del decreto se realizó desde Guayaquil, antes de que el mandatario regresara al Palacio de Carondelet en Quito.FLICKR PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR.

Condición adicional

Para acceder a este beneficio, se requerirá que los clientes beneficiarios, en caso de haber iniciado acciones legales contra la CFN, desistan de las mismas. Esta será una condición indispensable para concretar la condonación.

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¿Qué sigue para concretar esta condonación de deudas?

El presidente encargó al directorio y gerencia de la CFN la implementación inmediata de esta medida, que apunta a aliviar la carga financiera de los deudores considerados incobrables por la entidad.

¿Qué es condonar una deuda?

Condonar una deuda significa perdonar total o parcialmente la obligación de pago que una persona o entidad tiene con otra. Es decir, el acreedor (quien prestó el dinero o brindó el crédito) decide liberar al deudor (quien recibió el préstamo) del compromiso de devolver ese dinero. Esta acción puede hacerse por diversas razones, como por motivos humanitarios, para apoyar a países en crisis económica, o simplemente como un acto de buena voluntad entre particulares o instituciones.

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