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Caso Katherin Cingaña: familiares exponen las 'mañoserías' de los abogados del condenado
Condenan a Jonathan Traves a 34 años con 8 meses de prisión por femicidio. Parientes de la víctima critican las dilataciones que hubo en el juicio
Luz María Tercero y Franklin Cingaña se abrazaron afuera del Complejo Judicial Norte, en Quito. Lloraron juntos y dieron gracias a Dios.
Un tribunal de garantías penales sentenció al hombre que habría asesinado a su hija. Declararon culpable al cabo segundo Jonathan Traves por el femicidio de Katherin Cingaña y lo condenaron a 34 años y ocho meses de cárcel.
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Con este dictamen, la pareja asegura que pueden dormir un poco más tranquilos. Que les reconforta, en algo, las penurias que vivieron desde aquel fatídico 3 de mayo de 2023, cuando Traves habría disparado con su arma de dotación a la joven de 28 años.
Ruth Quimbita, prima de la víctima, acompañó a sus tíos durante todo el proceso judicial y afirmó que si no hubiese sido por la presión que hicieron, el sentenciado pudo haber salido en libertad.
Indicó que los abogados del excabo de policía dilataron por nueve veces la audiencia de juzgamiento a propósito. “A último momento, ellos ingresaban certificados de que supuestamente estaban enfermos, cuando eso no era realidad”, aseguró Quimbita.
Los abogados pueden ser sancionados
Según la legislación ecuatoriana, un sospechoso que se encuentra detenido por el delito de femicidio puede estar con prisión preventiva por un año.
En el caso de Traves, esa fecha se cumplía este viernes 3 de mayo y, por eso, los parientes de la víctima temían que llegara ese día sin que se dé una sentencia. Creían que el exuniformado podía huir.
Quimbita hizo un llamado de atención a las autoridades judiciales porque no entiende cómo, según ella, los abogados pueden cometer “cualquier tipo de ‘mañosería’ para ‘tirarse la pelotita’ y no acudir a las audiencias”.
Sin embargo, la abogada Nathalya Salazar señaló que sí existe una sanción para ese tipo de profesionales.
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La jurista explicó que el Código de la Función Judicial establece que los operadores de justicia tienen la obligación de observar que las partes y sujetos procesales actúen con ética y lealtad procesal en la sustanciación de las causas; debiendo sancionar al abogado que, usando artimañas, pretenda la dilatación o retraso en la administración de justicia.
“De comprobarse la mala fe procesal, el juzgador deberá incluir en la sentencia un monto por la indemnización por los daños y perjuicios que haya ocasionado la mala fe o temeridad procesal”.
Además, Salazar recalcó que, en el caso de que un profesional del derecho no comparezca justificadamente a una audiencia, podría ser sancionado con la suspensión del ejercicio profesional hasta por dos meses y el pago de multa de hasta tres salarios básicos unificados, es decir, 1.380 dólares.
Ahora lucharán por el hijo de la víctima
El suplicio para la familia de Katherin Cingaña todavía no concluye. Ahora deberán velar por la tenencia de su hijo de 8 años que quedó en la orfandad. Según la prima de la víctima, mientras se desarrollaban las investigaciones del femicidio, Traves puso una demanda a su familia por la custodia del niño.
El próximo 8 de mayo se realizará una audiencia para resolver este aspecto. “Él (Traves) busca que sus padres se queden con la tenencia del pequeño”, dijo Quimbita.
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