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Adolescentes infractores en Ecuador: ¿Hay que juzgarlos como adultos?
Abogados penalistas argumentan que, si los adolescentes pasan largos períodos en prisión, no se estaría contribuyendo a su rehabilitación
La participación de adolescentes en hechos delictivos exigen la creación de estrategias para prevenirlo. En la búsqueda de soluciones, surgen diversas ideas que deben ser analizadas en profundidad. Una de estas opciones fue planteada durante el actual período de la Asamblea Nacional.
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En el Legislativo se trató el Código Orgánico de Protección Integral a Niñas, Niños y Adolescentes (Copinna). Uno de los temas discutidos sobre el proyecto de ley fue el juzgamiento de los adolescentes implicados en ilícitos. El análisis se concentró en una interrogante de trascendencia: ¿hay que juzgar como adultos a los jóvenes implicados en delitos graves? No hubo un criterio unánime al respecto.
Se considera adolescentes a los chicos entre 12 y 17 años con 11 meses de edad. Según datos del Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores, en Ecuador hay 432 adolescentes con internamiento preventivo.
En la Comisión Permanente de Protección Integral a Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo del Copinna, se presentó un informe de mayoría para el segundo debate. En el documento se mantienen los ocho años de pena máxima de privación de libertad para un adolescente infractor.
El asambleísta Jorge Peñafiel, integrante de la comisión, estuvo en contra y presentó un informe de minoría, en el cual sí se consideran cambios. “Si no atendemos el tema de los adolescentes infractores como una fuente de criminalidad, no vamos a resolver el problema de crimen organizado”, recalca a EXTRA.
Su propuesta es que los menores de 12 a 17 años, vinculados al crimen organizado y que cometan delitos contra la vida (asesinato, homicidio, sicariato y femicidio), sean sancionados como adultos. Bajo esa premisa, tendrían sentencias privativas de libertad que duren el mismo tiempo que las de los mayores de edad.
Estas condenas, propone Peñafiel, inicialmente deben ser cumplidas en un Centro de Adolescentes Infractores hasta los 18 años. Luego, si aún queda tiempo pendiente de encarcelamiento, tiene que culminarse en un centro de rehabilitación social de adultos.
“Actualmente, si un joven de 17 años comete un asesinato, se lo sanciona con máximo ocho años y los pasa en un centro de privación de menores; es decir, no se está haciendo justicia. El sistema está permitiendo que compartan un centro de menores con adultos”, comenta.
Peñafiel también sugiere que se sancione con más rigurosidad a los adultos que reclutan a menores de edad para grupos delictivos.
#ATENCIÓN | #Esmeraldas: adolescente de 17 años es sentenciado por el #Asesinato de 3 personas, ocurrido en julio de 2023. #FiscalíaEc presentó testimonios y pericias que demostraron la responsabilidad del joven en el delito.
— Fiscalía Ecuador (@FiscaliaEcuador) January 6, 2025
Detalles ⬇️https://t.co/8YyRICMQvh pic.twitter.com/yk4Y0Z506m
En noviembre de 2024, cuando estaba previsto realizar el segundo y definitivo debate del código, se decidió no efectuarlo para ampliar la discusión entre los asambleístas. Habrá que ver si queda anotado en el listado de asuntos pendientes para el próximo período de la Asamblea Nacional.
Apuntar a la no impunidad
Jorge Luis Ortega, abogado litigante, máster en Derecho Penal y docente universitario, explica que Ecuador está suscrito a la Convención sobre los Derechos del Niño, la cual exige a los países que tengan un sistema penal para los adolescentes infractores diferente al de los adultos. Por tanto, Ecuador, al estar suscrito, debe respetar y cumplir esas normas, que están por sobre la Constitución, según el abogado.
“Esto tiene un sentido, una razón de ser, porque no estamos tratando con un ser humano en el ciento por ciento desarrollado en su actividad física, psicológica, educativa, cultural, etcétera”, indica.
En su criterio, no es adecuado que a los adolescentes se los sancione como adultos, elevando el tiempo de internamiento, porque eso no soluciona la criminalidad. Cita que países como Estados Unidos, que incluso tienen cadena perpetua, no han resuelto su problemática criminal.
👉 Dos adolescentes que cargaban un arma de fuego en Flor de Bastión, noroeste de Guayaquil, fueron detenidos. Las características del arma y sus municiones llamaron la atención de agentes policiales.
— Diario Extra (@DiarioExtraEc) December 31, 2024
Los detalles 👉 https://t.co/4vNYHs3Cd1 pic.twitter.com/HmG2tItNe5
“¿Qué es lo que reduce la criminalidad en un país? La no impunidad, en cierta medida. Que sepan aquellas personas que van a cometer un delito o lo están cometiendo, que el sistema de justicia tiene una calidad elevada y va a evitar que ese delito quede impune”, argumenta.
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Acota que otro factor que favorece a esa intención es que el Estado garantice aspectos sociopolíticos, como el acceso a la educación, a la salud, seguridad social, trabajo y a una vida digna. Pero la falta de esas condiciones ha hecho que los grupos delictivos ganen espacio, captando a menores.
Debe haber un análisis técnico
Julio César Cueva, abogado penalista y constitucionalista, opina que disminuir o no la edad a partir de la cual una persona puede ser juzgada como adulta debe analizarse desde parámetros psicológicos, antropológicos y sociológicos, para determinar a qué edad se tiene el pleno conocimiento de que no está bien cometer delitos.
“La gente piensa por qué la mayoría de edad es a los 18 y no a los 20 ni a los 16. Eso tiene una explicación científica, no tiene nada que ver con el derecho. Y la explicación es que la parte del cerebro que controla ciertas conductas, ya ha madurado”, cita.
Analiza que, de llegar a penalizar a un adolescente como adulto en delitos graves como asesinato, prácticamente se le acaba la vida, porque pasaría gran parte de su juventud y adultez encarcelado. Eso no lo rehabilita, a menos que haya una fuerte estrategia para que, entre otras actividades, ocupe el tiempo de la sentencia para culminar el colegio, una carrera universitaria e incluso una maestría.
“Si tiene buenas notas, le puedes reducir la pena para que salga con ese conocimiento a trabajar y ya se ha rehabilitado (...). Lo de bajar la edad (para juzgar como adulto) es un tema técnico, que debe ir acompañado de políticas públicas para rehabilitar a esos chicos. Si no se los va a rehabilitar, entonces, ¿para qué se los va a meter presos?”, menciona.
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En su diagnóstico, el problema radica en que ni siquiera hoy en día se cumple con una verdadera rehabilitación en los Centros de Adolescentes Infractores, ni se cuenta con los recursos suficientes para hacerlo. Cree que eso debe cambiar, porque de lo contrario los jóvenes que están en internamiento preventivo se podrían convertir en delincuentes más agresivos.
Hay un punto en el que sí coinciden los dos abogados consultados y el asambleísta: enfocar parte de los esfuerzos a sancionar al adulto que recluta adolescentes para que ejecuten actos delictivos. Sin embargo, Cueva refiere que el reto está en identificar quiénes son los reclutadores y poderlos condenar. Pero advierte que mientras haya impunidad, a ese criminal no le va a importar cuántos años sea la sentencia.
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