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Corte Constitucional da paso al matrimonio igualitario en Ecuador
Con 5 votos a favor y 4 en contra el organismo dio paso a esta opción. Uno de los casos analizados fue el de Efraín Soria y Javier Benalcázar.
La Corte Constitucional (CC) aprobó este miércoles 12 de junio de 2019, el matrimonio igualitario, sentando jurisprudencia en un país donde la Carta Magna establece que el matrimonio es la unión entre hombre y mujer.
El organismo precisó en un comunicado que el matrimonio entre personas del mismo sexo fue aprobado en una sesión reservada, con el voto de cinco de sus nueve miembros.
Los cuatro jueces que se pronunciaron en contra consideraron que para reconocer el matrimonio igualitario primero se deben realizar reformas constitucionales mediante mecanismos contemplados en la ley y a través de la Asamblea Nacional.
“El pronunciamiento es obligatorio en el país porque las decisiones de la Corte Constitucional obligan a las autoridades ecuatorianas” a acatarlas, dijo a la AFP el constitucionalista Gustavo Medina.
La resolución “es vinculante u obligatoria”, por lo que “tendrá que aplicarse en el país”, enfatizó Medina, expresidente de la Suprema Corte de Justicia y exprocurador del estado ecuatoriano.
El abogado Christian Paula, de la Fundación Pakta, que asesora legalmente a casi una decena de parejas del mismo sexo que buscan casarse en el país, consideró que lo resuelto “implica que el Ecuador es más igualitario, es más justo que ayer, que se reconoce que los derechos humanos deben caber para todas las personas sin discriminación”.
En 2015, Ecuador reconoció la unión de hecho de parejas del mismo sexo mediante una reforma en el código civil.
La constitución de corte socialista, que entró en vigor en 2008, ratificó la definición de matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer, dando continuidad a la versión anterior de la Carta Magna.
— Corte Constitucional (@CorteConstEcu) June 12, 2019