Exclusivo
Actualidad

Así luce la licencia digital desde la app Gob.ec/ Cortesía

¿Licencia de conducir digital ya es válida en Ecuador?

Los usuarios que soliciten la licencia digital, deberán contar con una cuenta de correo electrónico personal

La implementación de la licencia de conducir digital en Ecuador ha generado ciertas interrogantes respecto a su validez y reconocimiento. Según lo establecido por la normativa vigente, hasta que se haga entrega de la licencia física, la versión digital es plenamente válida siempre y cuando esté en vigencia.

La licencia digital, considerada un documento habilitante, posee la misma vigencia y validez jurídica que su contraparte física, de acuerdo con los artículos 44 y 51 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos. Además, cuenta con los elementos de seguridad necesarios para su validación por parte del personal competente en control de tránsito.

El artículo 44 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos establece que cualquier actividad o transacción realizada con mensajes de datos a través de redes electrónicas debe cumplir con los requisitos y solemnidades establecidos en la ley, teniendo el mismo valor y efectos jurídicos que los documentos físicos.

Por otro lado, el artículo 51 reconoce la validez jurídica de los mensajes de datos otorgados por autoridades competentes y firmados electrónicamente, siempre y cuando cumplan con los requisitos y formalidades exigidos por la ley.

La Resolución 044-DIR-ANT-2020 define la licencia de conducir como un título habilitante en formato físico o digital, con la misma vigencia y validez jurídica, conforme a lo establecido en la ley de comercio electrónico.

Los ciudadanos tienen la posibilidad de adquirir la licencia digital al momento de obtener o renovar su licencia física en la Agencia de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) correspondiente.

Es importante mencionar que el código QR de la licencia digital no debe ser impreso ni capturado en pantalla, ya que el sistema de verificación reconoce únicamente el código dentro de la aplicación gob.ec. Cada dispositivo móvil solo puede habilitar una licencia digital de conducción.

  • ¿QUÉ OCURRE SI NO LEVO NI LA LICENCIA FÍSICA NI LA DIGITAL?

En caso de que un conductor sea encontrado conduciendo un vehículo sin portar su licencia, sea esta física o digital, será multado con el 10 % de un Salario Básico Unificado (SBU), que en 2024 es de $ 460. Además que se le reducirán tres puntos.

¿Quieres acceder a todo el contenido de calidad sin límites? ¡SUSCRÍBETE AQUÍ!