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Daniel Noboa introduce reformas al reglamento de la Ley de Comunicación.Flickr Presidencia

Ley Orgánica de Comunicación: ¿Qué reformas al reglamento introdujo el presidente Daniel Noboa?

Entre las reformas propuestas por Noboa, los extranjeros podrán ser accionistas de medios de comunicación

El presidente de la República, Daniel Noboa, firmó el Decreto 421 el lunes 14 de octubre de 2024, con el cual se reforma el Reglamento General de la Ley Orgánica de Comunicación. Este decreto, que consta de 16 artículos y dos disposiciones transitorias, busca actualizar y regular aspectos importantes del sector de medios y comunicaciones en Ecuador, incorporando nuevas normativas relacionadas con la participación de empresas extranjeras, los servicios de suscripción y la publicidad.

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Uno de los cambios principales que introduce el Decreto 421 es la exigencia de que las personas jurídicas extranjeras interesadas en participar como accionistas o socias de medios de comunicación nacionales deben tener domicilio en Ecuador y ajustarse a la legislación local. Esta medida busca garantizar que las empresas extranjeras involucradas en los medios respeten las normas del país y operen dentro del marco legal ecuatoriano.

Servicios de suscripción y nuevos medios

El Decreto también amplía la definición de medio de comunicación social. Ahora, los prestadores de servicios de audio y video por suscripción que cuenten con canales locales y generen programación propia podrán ser considerados como medios de comunicación social. Esta inclusión representa un paso importante en el reconocimiento de nuevas plataformas que ofrecen contenido audiovisual bajo suscripción, permitiéndoles competir dentro del marco regulatorio.

Daniel Noboa, presidente de la República@DanielNoboaOK

Por otro lado, las operadoras de servicios por suscripción estarán obligadas a obtener el consentimiento de los titulares de contenido y de las señales abiertas antes de retransmitir cualquier material, lo cual añade una capa de control sobre los derechos de autor y la transmisión de contenidos.

Regulación de la publicidad

En ese mismo contexto, también establece directrices claras en materia de publicidad. Se prohíbe de manera estricta cualquier forma de publicidad engañosa, así como la promoción de contenidos relacionados con pornografía infantil, cigarrillos y sustancias controladas. Sin embargo, las bebidas alcohólicas con un contenido menor al 5% podrán ser anunciadas, lo que ofrece flexibilidad a ciertos sectores comerciales.

Disposiciones transitorias

El Decreto 421 también introduce dos disposiciones transitorias importantes. La primera establece que, en un plazo máximo de 60 días desde su publicación, el Consejo de Desarrollo y Promoción de la Información y Comunicación deberá actualizar y codificar los manuales, protocolos y directrices para asegurar la protección del derecho a la libertad de pensamiento y expresión.

La segunda disposición transitoria instruye a la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (ARCOTEL) a convocar un proceso público competitivo y equitativo, en un plazo también de 60 días, para la adjudicación de frecuencias del espectro radioeléctrico.

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