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Eutanasia en Ecuador: Paola Roldán luchará hasta el final
La mujer que impulsó la aprobación de la muerte asistida decidirá sobre su vida cuando sea necesario. Pacientes deben cumplir requisitos médicos
Paola Roldán tiene la vía libre para aplicar la eutanasia en su vida. Ella padece esclerosis lateral amiotrófica (ELA) y su caso dio paso a la aprobación de la muerte asistida en Ecuador, tras un fallo de la Corte Constitucional (CC) por una demanda interpuesta.
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Sin embargo, no es que Roldán quiere aplicarla ya. “Paola nos ha insistido en que esa decisión será privada y (que la tomará) cuando lo considere oportuno”, detalló a EXTRA su abogado Ramiro Ávila. La CC determinó que, si es potestad del paciente, puede ser una decisión de aplicación inmediata.
Según Ávila, lo que Roldán quiere es soportar, hasta cuando pueda, la circunstancia que está viviendo. “¿Cuánto tiempo tomará esto? Pues no lo sabemos”, acotó el jurisconsulto, quien dijo que para ejecutar la muerte asistida deben existir parámetros.
Lo primero es que el médico que lleve a cabo la eutanasia no sea sancionado. Lo segundo es que una persona exprese su consentimiento inequívoco, libre e informado (o a través de su representante cuando no pueda expresarlo) de acceder a un procedimiento de eutanasia activa. Y lo tercero es comprobar que el paciente padece un sufrimiento intenso proveniente de una lesión necesariamente de carácter corporal, grave e irreversible, o una enfermedad que sea grave e incurable.
- No es para todos
Sin embargo, no todos los pacientes pueden recurrir a esto, según el doctor Víctor Álvarez, coordinador del Observatorio Médico Provincial. “Le pongo un ejemplo. Una persona tiene un accidente que le deja completamente inmóvil (tetrapléjico), pero esa no es causa de una muerte inminente, entonces no podría recurrir a la eutanasia”.
Según Álvarez, para recurrir a la muerte asistida se debe tomar en cuenta también la opinión personal y profesional de cada médico. Es decir que los galenos están en el derecho de recurrir a la objeción de conciencia y negarse a aplicar la eutanasia.
“Por eso, el Ministerio (de Salud) deberá elaborar un protocolo para ver cuáles son los condicionamientos para ver si es viable o no la muerte asistida”, a decir de Álvarez, quien plantea que debería ser un comité de ética médico el que se encargue de esta toma de decisiones luego del consentimiento del paciente.
- Un avance en derechos
🔵#BoletínCC | La Corte Constitucional emite la Sentencia 67-23-IN/24, respecto a la eutanasia.
— Corte Constitucional (@CorteConstEcu) February 7, 2024
Accede al texto íntegro AQUÍ⤵️https://t.co/oA4KOw1F54 pic.twitter.com/u4y1gnNLaY
La Corte Constitucional dispuso tres plazos que deben cumplirse para legalizar la eutanasia. El primero es justamente para el Ministerio de Salud, que tiene dos meses para redactar un reglamento que regule el procedimiento para su aplicación.
El segundo es para la Defensoría del Pueblo, que tiene seis meses para presentar un proyecto de ley que regule los procedimientos para la eutanasia.
Por último, la Asamblea Nacional tiene un año para aprobar justamente esa ley que regulará los procedimientos para la eutanasia con los más altos estándares.
Ante todo ello, Alberto Acosta, político y expresidente de la Asamblea Nacional Constituyente, considera que la despenalización de esta medida es una noticia alentadora, en medio de tanta desolación y desorientación. “Una mujer, con su lucha por la vida, con su tenacidad para que se haga realidad una muerte digna, nos ha dado una lección inolvidable. Nos enseña a perseverar a pesar de las adversidades”, manifestó.
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