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Demandan a la ANT por retiro de fotorradares: ¿riesgos para la seguridad vial?
Demandante asegura que con el retiro de fotorradares no se garantiza la integridad física de los usuarios de las vías
Una nueva demanda de inconstitucionalidad contra la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) se suma a la interpuesta en septiembre pasado por un grupo de alcaldes de los municipios del Ecuador de tipo B.
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A principios de ese mes, la ANT solicitó a la Comisión de Tránsito del Ecuador (CTE) que iniciara el proceso para suspender 263 fotorradares en 32 cantones y una mancomunidad, todos pertenecientes a municipios del modelo de gestión tipo B, conforme a lo dispuesto por el Consejo Nacional de Competencias (CNC).
Guillermo Abad, de la organización Justicia Vial, encabeza el nuevo proceso judicial, que fue presentado a finales de octubre de 2024. En una entrevista con este Diario, Abad explicó que la demanda busca impugnar la decisión de la ANT de retirar los controles de velocidad mediante sistemas tecnológicos, lo cual, según él, compromete la integridad física de los usuarios de las vías.
"Sabemos que una de las principales causas de siniestros es el exceso de velocidad y los organismos internacionales instan a los gobiernos a que se tomen medidas para la gestión de velocidad en las vías", aseguró Abad.
El activista también subrayó que la ley prevé medidas y herramientas jurídicas y técnicas para reducir los accidentes de tránsito ocasionados por el exceso de velocidad. A su vez, se reconoce la validez de dispositivos magnéticos, electrónicos, digitales, fotográficos y de video para controlar la velocidad del transporte comercial y particular.
Entre los artículos legales que menciona Abad se encuentran los convenios que la ANT, a través de la CTE o la Policía Nacional, firma con los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) que no tienen la capacidad de controlar el tránsito mediante agentes uniformados. "Estas disposiciones legales han sido violentadas; están dejando sin los controles de velocidad", enfatiza Abad.
En septiembre, Mario Andrade, director ejecutivo de la CTE, cuestionó la firma de convenios interinstitucionales en administraciones anteriores que facultaron a los municipios tipo B para asumir el control operativo del tránsito. Andrade estimó que en unos 302 casos “existen cuestionamientos sobre la ubicación y el propósito de estos equipos, ya que deben ser preventivos y no recaudatorios”.
Por su parte, Abad considera que se están mezclando dos temas distintos y que la controversia ha sido politizada. "Una cosa es la política pública que se adoptó al eliminar los controles de velocidad, y lo que esto implica para los usuarios viales, que es lo que estamos demandando. Otra cosa es la firma de los convenios", precisó.
Respecto a las posibles irregularidades administrativas en los convenios, Abad sostuvo que, si existiera algún tipo de observación en instancias como la Contraloría, la Procuraduría o la Fiscalía, debería presentarse una denuncia formal, aunque aclaró que, hasta el momento, no se ha hecho ninguna.
Además, según el reglamento, la ANT es la encargada de garantizar la funcionalidad de los dispositivos tecnológicos para el control de velocidad, y debe ser la responsable de homologarlos, ubicarlos y calibrarlos. "Si existen inobservancias en la firma de los convenios, los responsables son la ANT y la CTE, quienes estuvieron a cargo y deben subsanar esos errores mediante actos administrativos", concluyó Abad.
La audiencia para conocer la decisión de la jueza está programada para el martes 5 de noviembre.
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