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Alias Fito es actualmente investigado por evasión. Para su defensa, cuenta con un representante de la Defensoría Pública.Archivo

¿Abogados que defienden a criminales como Fito podrían tener consecuencias legales?

La defensa de personas acusadas de delitos graves genera controversia. ¿El ejercicio de la abogacía implica sanciones graves o prisión?

José Adolfo Macías Villamar, alias Fito, líder de la organización criminal Los Choneros, fue procesado por el delito de evasión el 27 de febrero de 2025, más de un año después de su fuga de la cárcel Regional, en Guayaquil. Y pese a que aún se desconoce su ubicación, su situación judicial ha seguido su curso gracias a la defensa técnica que le brinda un abogado de la Defensoría Pública, la cual fue ratificada mediante un escrito ingresado en el expediente el jueves 20 de marzo de 2025. 

Esta situación ha generado preguntas sobre si los abogados que defienden a criminales pueden enfrentar consecuencias legales por ello. La respuesta está en los cuerpos legales, donde se expone que un abogado no puede ser procesado penalmente por el hecho de ejercer su labor de defensa, siempre que actúe dentro del marco legal. De hecho, la Constitución de Ecuador y las leyes garantizan el derecho de toda persona a ser defendida por un profesional del derecho, sin importar la gravedad del delito del que se le acuse.

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El Código Orgánico Integral Penal (COIP), en su artículo 452, establece que toda persona tiene derecho a ser defendida por un abogado de su elección o, en su defecto, por un defensor público. Además, el artículo 12 del mismo código reconoce el derecho de los privados de libertad a recibir asistencia legal, reforzando así el principio de defensa técnica en cualquier proceso penal.

Más de un año después de su fuga, alias Fito fue procesado por evasión.Archivo

¿Existe algún tipo de sanción para los abogados en Ecuador?

Los abogados sí pueden ser sancionados si incumplen sus deberes profesionales. El artículo 269 del COIP tipifica el delito de prevaricato para abogados, estableciendo penas de uno a tres años de prisión para aquellos que revelen información confidencial de sus clientes a la parte contraria o que cambien de bando en un proceso. Asimismo, el artículo 335 del Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ) prohíbe a los abogados abandonar injustificadamente a sus defendidos o asegurarles el triunfo en un juicio.

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Las sanciones por incurrir en estas faltas pueden ir desde multas hasta la suspensión del ejercicio profesional, según lo estipula el artículo 336 del COFJ. No obstante, ninguna norma penaliza a un abogado simplemente por defender a una persona acusada de un delito, sin importar su notoriedad o peligrosidad.

En el caso específico de Fito, la Defensoría Pública ha aclarado que su intervención responde al principio de garantizar el acceso a la justicia, evitando que el proceso judicial quede en un limbo legal. Es decir, la defensa de un procesado, aunque se trate de un criminal de alto perfil, es un derecho fundamental y un deber de los abogados dentro del sistema de justicia ecuatoriano. 

  

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