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La pena natural y los riesgos psicológicos del chofer que perdió a su hijo en la Simón Bolívar
El hombre, de 32 años, perdió a su hijo en un accidente de tránsito en la avenida Simón Bolívar, sector El Troje, sur de Quito. Estaba alcoholizado
El conductor de la furgoneta involucrada en el grave choque contra un tráiler que estaba parqueado a un costado de la avenida Simón Bolívar, en el sector El Troje, del sur de Quito, no recibió orden de prisión preventiva, pese a que en el resultado de alcoholemia dio positivo con 0,13 gramos de alcohol por litro de sangre. El límite legal es 0,10.
La resolución fue tomada la madrugada del viernes 23 de febrero, durante la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos realizada en contra del chofer, de 32 años, por el delito de muerte causada por conductor en estado embriaguez, tipificado en el artículo 376 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y sancionado con privación de libertad de 10 a 12 años.
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La Fiscalía decidió procesarlo, pero dejarlo en libertad con dos medidas cautelares: comparecer cada ocho días ante el fiscal que lleve la causa y que no salga del país. Durante la diligencia, la defensa se mostró de acuerdo con la decisión del Ministerio Público, apelando a que su “defendido está pasando una pena natural, ya que perdió a su hijo”.
En el accidente hubo siete personas heridas y un niño fallecido. Este último, vástago del hombre investigado, cursaba el cuarto año de educación básica, según lo informado por la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT). Los otros lesionados fueron seis adultos y otra persona menor de edad, según los detalles que constan en el acta de audiencia. Los mayores serían trabajadores de la Empresa Eléctrica de Quito (EEQ), quienes se dirigían a sus labores desde Machachi y Alóag, el jueves 22 de febrero de 2024.
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- ¿Pena natural?
El abogado Julio César Cueva, experto en Derecho Penal, explica que en temas de tránsito el COIP contempla la “pena natural”. Esta hace relación a que “no hay que ponerle una sanción adicional a alguien que ya ha sufrido una pena más grave, por así decirlo, por el delito cometido”. “El legislador y la doctrina (legal) entienden que es más doloroso y más grave el hecho de que este hombre va a sufrir por la muerte de su propio hijo, toda su vida, que meterlo preso por el delito”, precisa el jurista.
- El artículo 372 del COIP establece que “en caso de pena natural probada, en las infracciones de tránsito y cuando la o las víctimas sean parientes del presunto infractor hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, la o el juzgador podrá dejar de imponer una pena o imponer exclusivamente penas no privativas de libertad”.
- Hecho podría generar cuadros depresivos
Luisa Villamar, de la Comisión Académica de la Federación Ecuatoriana de Psicólogos Clínicos, explica que el conductor que perdió a su hijo podría estar atravesando, sumado al duelo, por un sentimiento de culpa, sobre todo por su decisión de maniobrar un vehículo en las condiciones en las que se encontraba, que terminó en un accidente fatal. Esta situación, acota la experta, podría generar cuadros depresivos o ansiosos.
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Villamar, quien además de ser psicóloga clínica cuenta con maestrías en drogodependencia y gestión educativa, sostiene que el chofer y sus allegados deben recibir apoyo psicológico, porque además podría existir una presión familiar que lleve al hombre a sentir más culpa e idealizar la posibilidad de terminar con su vida.
La especialista señala que es necesario valorar sus emociones y sentimientos, para establecer un tratamiento adecuado.
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