Exclusivo
Actualidad
Uso de gas pimienta en Ecuador: todo lo que debes saber
Las personas naturales podrán usar esta arma en aerosol para su defensa personal. Sin embargo, deben asegurarse de que el volumen no sea mayor a 120ml
Ecuador está enfrentando una alta ola de violencia que ha generado mucho temor en la población. Cada día se inunda más por los homicidios, narcotráfico, robos y extorsiones, dejando a los ciudadanos desamparados e intranquilos.
Frente a esta problemática, el presidente Guillermo Lasso optó por modificar el decreto sobre la tenencia y porte de armas de uso civil para defensa personal el pasado sábado 1 de abril, con el fin de combatir "la delincuencia, el narcotráfico y el crimen organizado".
Una de las armas que podrá portar la ciudadanía para su defensa personal es el gas pimienta en aerosol. Sin embargo, se establece la prohibición de la fabricación, registro y tenencia de armas de fabricación artesanal.
Según el decreto, las personas naturales que hagan uso de los aerosoles de gas pimienta para su defensa personal, deben asegurarse de que el porcentaje de concentración de capsaicina del producto sea igual o menor a 1.3 %, de un volumen no mayor a 120ml y un alcance no mayor a 10 metros, de conformidad con el ordenamiento jurídico pertinente.
Además, añade que “los aerosoles de gas pimienta de mayor concentración y el gas lacrimógeno (clorobencilideno/clorobenzilideno malononitrilo) serán de uso exclusivo de los servidores de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional y el Cuerpo de Seguridad y Vigilancia Penitenciaria”.
El decreto también manifiesta que la fabricación, importación, exportación y comercio de gas pimienta de uso civil en una concentración igual o menor a 1.3 % de capsaicina, podrá ser usado por las personas naturales y jurídicas registradas en el Comando Conjunto para estas actividades.