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Elecciones 2025 | ¿Cómo evitar la multa por no votar? Aquí las justificaciones
Los ciudadanos que no pudieran acudir a las urnas este 13 de abril pueden presentar justificativos para evitar la multa de 47 dólares
Durante la jornada electoral del domingo 13 de abril, algunos ciudadanos podrían haberse ausentado de las urnas. En estos casos, el Código de la Democracia establece ciertas situaciones legales que permiten justificar la inasistencia y evitar la sanción económica de 47 dólares, equivalente al 10 % del salario básico unificado.
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¿Quiénes pueden justificar su ausencia a las elecciones?
De acuerdo con el artículo 292 del Código de la Democracia, no se aplicará la multa a las personas que no hayan votado por alguno de los siguientes motivos:
- Problemas de salud o impedimentos físicos, siempre que estén debidamente certificados.
- Calamidad doméstica grave ocurrida hasta ocho días antes o el mismo día de los comicios.
- Permanencia fuera del país o llegada/salida del territorio nacional el mismo día de las elecciones.

Además, están exentos de sanción quienes tienen voto facultativo, es decir:
- Adolescentes entre 16 y 18 años.
- Adultos mayores de 65 años.
- Personas con discapacidad.
- Miembros activos de la Policía Nacional y Fuerzas Armadas.
- Ecuatorianos que residen en el extranjero.
¿Cómo justificar la inasistencia?
Para evitar la multa, los ciudadanos deben acercarse a la delegación provincial del Consejo Nacional Electoral (CNE) correspondiente. Es necesario presentar:
- Cédula de identidad.
- Documentos de respaldo como certificados médicos, migratorios, de defunción, entre otros, según el caso.

- Este trámite no tiene costo y se realiza en la ventanilla única del CNE. Al ingresar la solicitud, se entrega un número de trámite y la resolución se emite en un plazo máximo de 48 horas.
¿Puede hacerlo otra persona en mi nombre?
Sí, es posible realizar el trámite a través de un tercero. En este caso, se debe presentar:
- Una autorización firmada por el titular.
- Copias de las cédulas de identidad de ambas personas.
- El formulario correspondiente, disponible para descarga en la página oficial del CNE.
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