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Edad para jubilarse en Ecuador: requisitos y opciones actualizadas en 2025
Conozca los requisitos para acceder a la jubilación por vejez, invalidez o discapacidad según el IESS en Ecuador
El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) cuenta con diversas modalidades de jubilación, dependiendo de la situación del afiliado y el tiempo de aportaciones realizadas. La jubilación por vejez es la opción más común, sin embargo, también existe la jubilación por invalidez y por discapacidad, cada una tiene requisitos específicos que deben cumplirse para su aprobación.
Jubilación por vejez
Los afiliados cesantes del IESS pueden acceder a la jubilación por vejez si cumplen con los requisitos establecidos en la normativa vigente. Además, es necesario hacerlo a través del portal web del IESS y contar con una clave de acceso.
Edades y tiempos de cotización para la jubilación:
- Sin límite de edad: 40 años o más de aportaciones (480 imposiciones).
- 60 años o más: 30 años o más de aportaciones (360 imposiciones).
- 65 años o más: 15 años o más de aportaciones (180 imposiciones).
- 70 años o más: 10 años o más de aportaciones (120 imposiciones)
(Te puede interesar: ¿Es posible acceder a la jubilación del IESS si dejaste de aportar?)
Requisitos generales
- Contar con una cuenta bancaria activa registrada en la Historia Laboral.
- Tener el aviso de salida registrado por el empleador en el sistema del IESS.
- No presentar aportes pendientes de pago.
- Poseer un correo electrónico activo.
- No tener una solicitud de jubilación en trámite ni estar calificado como jubilado.
- No mantener deudas en mora con el IESS o BIESS.
- Estar dentro del periodo de protección si se encuentra cesante.
Periodo de protección
Este periodo permite a los afiliados cesantes solicitar la jubilación tras haber dejado de aportar, siempre que cumplan con los requisitos de edad y tiempo de trabajo. La duración del periodo de protección depende de la fecha de la última aportación:
- Hasta el 20 de febrero de 2006: 50% del tiempo aportado (mínimo 10 años).
- Del 21 de febrero de 2006 al 8 de enero de 2008: 50% del tiempo aportado.
- Del 9 de enero de 2008 al 10 de enero de 2010: 10% del tiempo aportado.
- Desde el 11 de enero de 2010 en adelante: Hasta 19 años de aportaciones con el 10% del tiempo aportado. De 20 a 29 años de aportaciones con el 20% y desde 30 años o más de aportaciones con el 30% del tiempo aportado.
Si el periodo de protección ha expirado, el afiliado debe completar seis aportaciones consecutivas antes de solicitar la jubilación.
(Te recomendamos leer: Jubilación Especial Reducida del IESS: Requisitos, Beneficios y Desventajas)
Jubilación por invalidez
Los afiliados que presenten una incapacidad física, funcional o mental que les impida trabajar pueden acceder a la jubilación por invalidez, siempre que cumplan con lo siguiente:
- Contar con un mínimo de 60 imposiciones, de las cuales al menos seis deben ser consecutivas e inmediatamente previas a la incapacidad.
- En caso de estar cesante, la incapacidad debe haberse producido dentro de los dos años siguientes al cese y contar con al menos 120 imposiciones.
Para iniciar el trámite, el afiliado debe acceder al portal web del IESS, seleccionar la opción de jubilación por invalidez y seguir el procedimiento establecido. Además, debe solicitar una evaluación médica para determinar si la incapacidad es permanente y cumple con los criterios establecidos por el IESS.

(Lee también: IESS Ecuador: Consecuencias de trabajar tras la jubilación, ¿qué debes saber?)
Jubilación por discapacidad
El cálculo de la pensión para jubilación especial por vejez es del 68.75% del promedio de los cinco años de mejor remuneración básica unificada. El trámite se realiza a través del portal del IESS y la aprobación de la solicitud se efectúa en un plazo aproximado de 15 días y está sujeto bajo las siguientes condiciones:
- Personas con discapacidad física: mínimo 300 aportaciones, sin límite de edad.
- Personas con discapacidad intelectual: mínimo 240 aportaciones, sin límite de edad.
- Tener un porcentaje de discapacidad igual o superior al 30%, registrado en el Ministerio de Salud Pública.
El trámite de jubilación en cualquiera de sus modalidades no tiene costo. Es importante que el afiliado cumpla con los requisitos establecidos y mantenga su documentación actualizada en el sistema del IESS.
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