Exclusivo
Actualidad
Ecuador: Gobierno actualiza precios de combustibles con incremento del IVA
Desde el 1 de abril de 2024 el costo del cilindro de gas doméstico subirá 0,5 más
El presidente Daniel Noboa firmó el 29 de marzo el Decreto Ejecutivo 215 para reformar el Reglamento Sustitutivo para la Regulación de Precios de los Derivados de los Hidrocarburos, que fue expedido en agosto de 2005.
Lee también: Caso Metástasis: Los cuatro testimonios que marcaron la jornada
El Gobierno tomó esta decisión debido a que con el incremento del Impuesto al Valor Agregado (lVA), del 12% al 15%, "es necesario actualizar los precios de los combustibles y del Gas Licuado de Petróleo (GLP)".
Con el nuevo IVA del 15%, así quedarán los valores de los combustibles, ejemplificó el Gobierno:
EXTRA
Un automóvil que se llena con 10 galones de gasolina Extra pagará 0,65 centavos más para llenar todo el tanque. Mientras que una camioneta que se llena con 20 galones, ahora pagará 1,30 centavos más para llenar todo el tanque.
DIÉSEL
Una camioneta que se llena con 20 galones de diésel tendrá que pagar 0,94 centavos más. Es decir, menos de 1 dólar.
Te puede interesar: Mayra Salazar sacudió la farándula con su declaración, famosos reaccionan al escándalo
En cambio, un camión de 18 toneladas que se llena con 52 galones de diésel tendrá que pagar 2,40 centavos más.
GLP
Con el incremento del IVA, el cilindro de gas doméstico se incrementará en 0,5 centavos en el depósito. En el caso del gas vehicular y agrícola, con el incremento del IVA, el cilindro incrementará en 0,15 centavos.
Según el Gobierno, "no se han eliminado los subsidios, únicamente se ha regularizado el precio considerando el nuevo IVA del 15%".
¡CADA CENTAVO CUENTA!😰💸 Solo quedan tres días antes de que el Impuesto al Valor Agregado (IVA) en Ecuador aumente del 12% al 15% este 1 de abril. Sin embargo, 151 productos no se verán afectados. Conoce cuáles: https://t.co/cMGnwsoTkJ pic.twitter.com/nyyUBYJau5
— Diario Extra (@DiarioExtraEc) March 28, 2024
El Ejecutivo asegura que así garantiza el menor impacto a la ciudadanía y evita que el cambio de IVA sea mal aplicado y afecte a los consumidores.
En la disposición final segunda del Decreto, se establece que el Servicio de Rentas Internas (SRI) estará encargado de controlar la aplicación del Decreto y garantizar el normal recaudo del impuesto al valor agregado, para su asignación a las arcas estatales.
El presente Decreto entrará en vigencia desde las 00:00 del 1 de abril de 2024, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
¿Si quieres acceder a todo el contenido de calidad sin límites? ¡SUSCRÍBETE AQUÍ!