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Aerovía: Quien divulgó video sexual no solo se quedó sin trabajo, también podría ir a prisión
Código Penal no castiga a quien tiene relaciones sexuales en lugares públicos, pero ellos sí podrían demandar a quienes divulgaron el vídeo, afirman fiscales
La persona involucrada en la difusión del vídeo, donde una pareja aparece manteniendo relaciones sexuales en una de las cabinas de la Aerovía, fue separada de su trabajo. Así lo informó la tarde de este martes 12 de julio, mediante un comunicado, el Consorcio Aerosuspendido Guayaquil, operador del sistema de transporte.
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El responsable de divulgar la grabación, de cuatro minutos con 59 segundos, también podría ser sometido a un proceso judicial y enfrentar una condena de hasta tres años de cárcel por violación a la intimidad, de acuerdo al artículo 178 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), indicó el fiscal César Peña.
El funcionario judicial explicó que quien sin el consentimiento o autorización legal del involucrado grabe, difunda o publique datos personales, mensajes de voz, audio o vídeo de otra persona por cualquier medio será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años.
Pero, ¿qué ocurre con los ‘protagonistas’ de dicho vídeo? Peña afirmó que en el COIP no existe ningún tipo de sanción o contravención por el acto sexual, al contrario, la pareja podría demandar no solo a los que difundieron la grabación, sino al consorcio.
“Para ellos no hay delito, son víctimas, en tal caso podrían ser objeto de una sanción administrativa como anularles la tarjeta de pasaje o bloquearlos determinado tiempo por situaciones inmorales, pero eso solo es administrativo, no hay acciones penales en su contra, el que metió la pata es quien publicó un vídeo”, sostuvo el funcionario del Ministerio Público.
El fiscal Wilson Álvarez coincide con Peña de que no hay ningún artículo que sancione a una persona por mantener relaciones sexuales en un lugar público. Pero, a su criterio, el Municipio debería crear una ordenanza para que este tipo de actos inmorales puedan ser sancionados, ya que atentan contra los niños y la moral.
“Antes, con el antiguo Código Penal (hasta 2014), estaba tipificado como una contravención, lamentablemente lo derogaron y ya no está estipulado como un delito de acción pública. Al contrario, las personas inmersas en la actividad inmoral pueden demandar al consorcio porque están violando su privacidad”, afirmó.
- “Le caigo a palo”
La difusión del vídeo de la pareja en pleno ‘cuerpeo’ también ha motivado la reacción ciudadana, quienes catalogan como inmoral el acto y afirman de que si fueran sus hijos los involucrados en la grabación, a más de reprenderlos, les darían “sus buenos latigazos” por no saberse comportar.
“Los jóvenes no quieren hacer caso a los padres y hacen los que les da la gana, pero no hay que hablarles, sino darles sus latigazos”, afirmó Teresa Lara, quien la mañana de ayer, junto a una amiga dio un paseo por este sistema de transportación público que conecta Guayaquil y Durán.
La quiteña Sara Jiménez, quien hace vídeos para redes sociales, considera incorrecto el acto sexual en un transporte público y sostiene que las personas que permitieron el acto y no los pararon a tiempo deberían ser sancionados. (AEB)
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