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Ya se puede solicitar el porte de armas civiles: ¿cómo hacerlo y cuáles son los requisitos?
Quienes tengan armas heredadas por familiares o de colección también necesitan registrarlas
Desde este domingo 1 de octubre se habilitó el Sistema Informático de Control de Armas para el ingreso de solicitud de permisos para porte de armas de civiles. El director de Logística del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, Manuel Dávila, indicó que el proceso desde el registro, hasta la entrega del permiso y arma lleva una duración de 60 días.
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En abril, el presidente de la República, Guillermo Lasso, emitió el decreto 707 que volvió a permitir que las personas lleven armas por defensa personal después de doce años.
Uno de los ejes principales del decreto fue que las empresas que cuenten con las autorizaciones de distribución compren directamente desde las fábricas, sin importar el país de procedencia. Con el objetivo de evitar intermediarios y que puedan controlar la trazabilidad de las armas.
- Los requisitos:
- Cumplir al menos 25 años de edad.
- Certificado de la prueba psicológica emitido por el Ministerio de Salud Pública.
- Certificado de destreza en el manejo y uso del arma emitido por el Ministerio de Defensa Nacional.
- No tener una sentencia ejecutoriada condenatoria por la comisión de un delito.
- No registrar antecedentes de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar.
- Certificado de superar el examen toxicológico, que determine que la persona no ingiere sustancias sujetas a fiscalización o no es alcohólica, emitido por Ministerio de Salud Pública.
Según datos de las Fuerzas Armadas, en Ecuador existe un aproximado de 130.000 armas registradas legalmente. En este grupo están los clubes de tiro, deportistas, empresas de seguridad y personas naturales.
Sin embargo, las personas que tengan armas heredadas por familiares o de colección también necesitan ser registradas, sino incurrirán en un delito establecido en el Código Orgánico Integral Penal (COIP).
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