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Las revelaciones de un exfuncionario del SNAI: Así se benefician los reos a través de informes
Tras el caso del presunto asesino de Abigaíl Supliguicha, la ciudadanía ha cuestionado que él cumpliera su condena por violación en libertad
- Segundo Carlosama fue el presunto asesino de la estudiante universitaria Abigaíl Supliguicha. Se hizo pasar como reclutador y la engañó con el ofrecimiento de un trabajo como secretaria en un reconocido centro comercial de Cuenca. El 8 de octubre, la joven desapareció. El 16 de noviembre fue hallada sin vida en un bosque. El individuo, en cambio, amaneció colgado en su celda dos días después.
La decisión final para que Segundo Federico Carlosama Espinosa cumpliera en libertad los últimos años de su condena por violación estuvo en manos del juez de Garantías Penitenciarias Fabián Romo, en Cuenca, en base a la información que le envió el Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores (SNAI).
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¿Qué decían estos informes? En el expediente del proceso judicial 01283-2018-00713G, en el que se resolvió el beneficio a favor del individuo, se resume que Carlosama había sido condenado a 12 años de reclusión mayor extraordinaria por el delito de violación, por el Tribunal Primero de Garantías Penales de Pichincha, y que al momento de su petición había cumplido más del 70 % de su sentencia, porque su detención se ejecutó en Quito el 13 de febrero de 2014, tras agredir sexualmente a una joven, de 21 años.
Además, se detalla que en los escritos del SNAI se dejaba claro que durante su permanencia en la cárcel azuaya de Turi no se había fugado y que tampoco lo había intentado. También se mencionaba que no había cometido faltas graves o gravísimas y que, de acuerdo con las últimas evaluaciones de convivencia y ejecución del plan individualizado de cumplimiento de la pena, tenía como promedio una calificación equivalente a buena.
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En documentos de este proceso –que han sido filtrados– consta que los encargados de firmar el documento del análisis de solicitud de la prelibertad, en base a los informes realizados por el equipo técnico, fueron un director del SNAI, Jorge Flores, un representante del área de Beneficios Penitenciarios, Marcelo Flores, y una delegada de la Subdirección de Rehabilitación, Ana Verdugo.
Con esos elementos se concedió la petición de Segundo Carlosama y se giró su boleta de excarcelación el 10 de agosto de 2022, pero 15 meses después, el jueves 16 de noviembre, regresó a prisión, por el presunto asesinato de Ruth Abigaíl Supliguicha Carchi, de 18 años. Al siguiente día, amaneció muerto en su celda.
Podía salir con el mismo beneficio
De no haber fallecido y seguido en prisión, Segundo Carlosama estaba en su derecho de solicitar nuevamente una medida que le permita cumplir en libertad los últimos años de la pena que le impusieran, porque al no haber cometido el mismo tipo de delito (violación), sino otro, no iba a ser considerado como un delincuente reincidente.
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Así lo explica Kléber Carrión, exdirector del SNAI en Santo Domingo. El exfuncionario, quien también es abogado y oficial pasivo de la Policía, señala que las leyes ecuatorianas no han sido creadas para tomar en cuenta la reiterancia de delitos. Es decir, la recurrencia de diferentes infracciones, porque lo único que se toma en cuenta como agravante es que se repita el mismo tipo penal.
Sin control
Además, Carrión añade que los informes que se elaboran y que favorecen a los reos no carecerían de credibilidad, porque si el Estado no tiene el control de las cárceles no puede hacer una correcta inspección para saber si una persona lleva como se debe su proceso de rehabilitación. “Eso implica que todos los informes son mentirosos. Si uno, dos o tres psicólogos para toda una cárcel no alcanzan a hacer toda esta individualización que dicen, entonces resulta ser que ahí operan dos cosas: la intimidación por el líder, el capo, que le vaya y le diga al psicólogo: haces porque haces, o la corrupción. Una de dos”, sostiene.
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El especialista explica que son varios ejes los que, en teoría, se considerar para la prelibertad de un procesado: laboral, psicológico, deportivo, cultural, pero a decir de Carrión no hay forma de que sin el control penitenciario se pueda validar eso. “No tienen el sustento”, afirma. Para el experto, “todos los meses y todos los días están saliendo informes de criterios de cada uno de los ejes de rehabilitación” y eso permite que de la misma forma salgan beneficiadas a las calles –a diario– personas que en realidad no han sido rehabilitadas.
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