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Horario toque de queda en Quito hoy martes 23 de enero
La movilidad en la capital ecuatoriana es afectada por el estado de excepción. Chequea el horario y excepciones al reglamento
El toque de queda continúa imponiéndose a nivel nacional de acuerdo al Decreto Presidencial N° 110 firmado por Daniel Noboa. Revisa aquí para conocer el horario de prohibición de circular libremente por las calles de este martes, 23 de enero de 2024.
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La decisión fue ratificada tras la ola de violencia que pasaba el país, con auge al inicio de enero de este año. El evento más notable fue la fuga del líder de Los Choneros, José Aldolfo Macías Villamar, Alias 'Fito', de la cárcel regional de Guayaquil. Por ello, se impulsaron las medidas que establecen facultades de acción en lo político y legal a los militares en función de lidiar con la crisis de inseguridad.
El Ministerio de Educación informó que a partir del miércoles 24 de enero regresan a la modalidad presencial 3.333 instituciones educativas de 125 distritos, en 883 parroquias a nivel nacional. 📚
— Diario Extra (@DiarioExtraEc) January 23, 2024
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Aparte de la restricción de libre circulación en las calles, existen otros reglamentos implementados en la ciudadanía, como limitaciones al derecho de la libertad de reunión, el derecho a la inviolabilidad de domicilio y, en centros de privación de la libertad, el derecho a la inviolabilidad de correspondencia.
El toque de queda tuvo una modificación este martes 23 de enero en Guayaquil y Quito y, a partir de esta fecha, será de 00:00 a 05:00. En el decreto oficial está previsto a durar sesenta días después de su firmamento.
- Servicios de salud
- Seguridad y fuerza pública
- Servicios de emergencia vial
- Servidores públicos o personal de contratistas de entidades que se acrediten que deben movilizarse para asegurar el trabajo de servicios públicos
- Integrantes de una cadena logística de empresas cuyas facilidades de producción operen durante la noche o en turnos rotativos (deberán demostrar que pertenecer a una empresa)
- Personas que deben trasladarse desde y hacia aeropuertos por vuelos programados dentro del horario de toque de queda
- Abogados, funcionarios de la Corte Constitucional y servidores públicos de la Función Judicial (deben acreditar la necesidad de acudir a la diligencia judicial)
- Trabajadores de medios de comunicación social (deben acreditar la necesidad)
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