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Militares realizan operativos para garantizar el cumplimiento del toque de queda.Gustavo Guamán

Horario toque de queda en Quito hoy martes 23 de enero

La movilidad en la capital ecuatoriana es afectada por el estado de excepción. Chequea el horario y excepciones al reglamento

El toque de queda continúa imponiéndose a nivel nacional de acuerdo al Decreto Presidencial N° 110 firmado por Daniel Noboa. Revisa aquí para conocer el horario de prohibición de circular libremente por las calles de este martes, 23 de enero de 2024.

(Lee también: La forma en la que tres delincuentes intentaron robarle a un taxista, en Quito)

La decisión fue ratificada tras la ola de violencia que pasaba el país, con auge al inicio de enero de este año. El evento más notable fue la fuga del líder de Los Choneros, José Aldolfo Macías Villamar, Alias 'Fito', de la cárcel regional de Guayaquil. Por ello, se impulsaron las medidas que establecen facultades de acción en lo político y legal a los militares en función de lidiar con la crisis de inseguridad.

Aparte de la restricción de libre circulación en las calles, existen otros reglamentos implementados en la ciudadanía, como limitaciones al derecho de la libertad de reunión, el derecho a la inviolabilidad de domicilio y, en centros de privación de la libertad, el derecho a la inviolabilidad de correspondencia.

El toque de queda tuvo una modificación este martes 23 de enero en Guayaquil y Quito y, a partir de esta fecha, será de 00:00 a 05:00. En el decreto oficial está previsto a durar sesenta días después de su firmamento.

Las excepciones a la restricción de movilización incluyen los siguientes sectores:

  • Servicios de salud 
  • Seguridad y fuerza pública  
  • Servicios de emergencia vial 
  • Servidores públicos o personal de contratistas de entidades que se acrediten que deben movilizarse para asegurar el trabajo de servicios públicos 
  • Integrantes de una cadena logística de empresas cuyas facilidades de producción operen durante la noche o en turnos rotativos (deberán demostrar que pertenecer a una empresa)
  • Personas que deben trasladarse desde y hacia aeropuertos por vuelos programados dentro del horario de toque de queda 
  • Abogados, funcionarios de la Corte Constitucional y servidores públicos de la Función Judicial (deben acreditar la necesidad de acudir a la diligencia judicial)
  • Trabajadores de medios de comunicación social (deben acreditar la necesidad)

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