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El miembro activo de la Armada del Ecuador (izquierda) fue detenido junto a dos personas más.Foto: Policía Nacional

Marino detenido con fusil en Guayaquil: ¿qué proceso judicial enfrentará?

El miembro activo de la Armada del Ecuador fue detenido junto a dos personas más, la tarde del jueves 7 de noviembre

El arma larga hallada a un miembro en servicio activo de la Armada del Ecuador no consta como material bélico de las Fuerzas Armadas. Así lo confirmó la institución a la que pertenece el uniformado, aprehendido en un operativo la tarde del jueves 7 de noviembre de 2024, en Guayaquil.

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En un comunicado, la Armada también recalcó que colaborará con las investigaciones que realicen las autoridades competentes. "No se permitirá que este tipo de elementos desprestigien el buen nombre de la Armada ecuatoriana", se reafirmó.

¿Qué permitió la detención del integrante de la Armada del Ecuador?

El ciudadano, identificado como Luis Vladimir Medina López, fue capturado durante allanamientos ejecutados en dos distritos de la urbe porteña: Modelo y Pascuales. Su detención se produjo a partir de información recabada en otro operativo realizado ese mismo día por la madrugada, en el cantón Durán. Específicamente, se detectó que se estarían comercializando armas de manera ilegal.

Existen transacciones bancarias sobre la venta de fusiles, de accesorios para armas, municiones”, indicó el teniente coronel Roberto Santamaría, jefe policial del distrito Durán.

El gendarme agregó que compañías de seguridad privada estarían implicadas en estas operaciones económicas, de acuerdo con los datos que lograron obtener.

Entre las evidencias, a más del arma larga, constan municiones y demás objetos.CARLOS KLINGER / EXTRA

Además de Medina, una mujer y un hombre fueron detenidos. Ella y el marino serán investigados por tráfico de armas. Sin embargo, recuperaron su libertad, pues en la audiencia se les dictaminó prohibición de salida del país y presentación los viernes ante el fiscal del caso.

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En la diligencia judicial también se dispuso que la instrucción fiscal por este caso tenga una duración de 30 días. El delito por el cual se investiga a los procesados, según el artículo 362 del Código Orgánico Integral Penal, conlleva una pena privativa de libertad de cinco a siete años. Sin embargo, de haber agravantes, se puede incrementar hasta a 13 años de encarcelamiento.

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