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La repatriación de un ecuatoriano fallecido es un trámite gratuito.Cortesía y archivo

¿Falleció un pariente en el exterior? Le contamos los trámites para repatriarlo

El servicio incluye asesoría, acompañamiento técnico y gestión documental para familias en situación de vulnerabilidad

Cuando un ecuatoriano fallece en el extranjero, sus familiares pueden acceder a un servicio gratuito de repatriación de cadáveres o restos mortales hacia Ecuador. Este procedimiento es gestionado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, a través de sus Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares en el exterior, en coordinación con las Direcciones Zonales dentro del país.

Este servicio está dirigido a personas naturales ecuatorianas que necesiten orientación en el proceso de repatriación, especialmente si se encuentran en condiciones de vulnerabilidad económica o social. Los beneficiarios recibirán acompañamiento técnico, asesoría legal y apoyo logístico para cumplir con los requisitos del país donde ocurrió el fallecimiento, así como la coordinación necesaria para el traslado del cuerpo hacia Ecuador.

El trámite es completamente gratuito y no requiere de ningún pago por parte de los solicitantes. Una vez iniciado el proceso y cumplidos los requisitos, se otorga una autorización válida por 30 días, aunque este plazo puede extenderse si las normativas o procesos judiciales del país extranjero impiden cumplirlo en ese tiempo.

Para acceder al servicio, los interesados pueden acercarse a las Direcciones Zonales del Ministerio en Ecuador, que atienden de lunes a viernes de 08:30 a 17:00. Las ubicaciones están disponibles en el sitio web:

  • www.cancilleria.gob.ec/2020/07/30/direccioneszonales

En el extranjero, las Embajadas y Consulados ecuatorianos prestan atención de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 (hora local). El listado completo de sedes se puede consultar en:

  • www.cancilleria.gob.ec/embajadas-y-consulados-en-el-exterior

Además, está disponible la línea de atención ciudadana para consultas adicionales:

  • (02) 299-3200 ext. 16081.

Este servicio busca acompañar a las familias ecuatorianas en momentos de duelo, garantizando que puedan despedirse de sus seres queridos en su tierra natal sin incurrir en altos costos ni enfrentar solos los trámites internacionales.

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Requisitos obligatorios para la repatriación

Solicitud formal dirigida al Viceministerio de Movilidad Humana, presentada en el Ecuador por medio de las Direcciones Zonales o, en el exterior a través de las Misiones Diplomáticas u Oficinas Consulares.

El Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana lleva a cabo la iniciativa.Cortesía (referencial)

Requisitos especiales para la repatriación

Documento de identidad del solicitante y del ecuatoriano fallecido (original o copia de cédula o pasaporte).

Declaración juramentada que acredite la falta de recursos económicos para la repatriación o traslado.

Documento que certifique la muerte, según el país de fallecimiento (si está disponible):

  • Certificado médico de defunción.

  • Informe de autopsia (si hubo investigación).

  • Parte o informe policial (en caso de muerte violenta).

¿Cómo hago el trámite de repatriación?

  • El solicitante contacta a la Oficina Consular o Dirección Zonal correspondiente.
  • La autoridad consular o zonal registra y procesa el requerimiento.
  • Se coordinan las gestiones necesarias para la repatriación o traslado.
  • Se brinda información y asistencia a los familiares del fallecido.

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