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Luisa González rechazó los resultados que proclaman a Noboa como presidente.GUSTAVO GUAMÁN

Luisa González no acepta los resultados de las elecciones: ¿Qué sigue ahora?

La candidata por la Revolución Ciudadana se manifestó en su sede en la ciudad de Quito. Allí rechazó los resultados con un argumento, ¿qué dijo?

Este domingo 13 de abril se celebró la segunda vuelta de las elecciones presidenciales en Ecuador. En esta fase decisiva competían Luisa González, candidata de la Revolución Ciudadana, y Daniel Noboa, del movimiento Acción Democrática Nacional. A lo largo de la campaña, ambos evidenciaron profundas diferencias ideológicas, las cuales se reflejaron tanto en redes sociales como en el debate del pasado 23 de marzo.

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Durante el proceso electoral, se han consolidado como fuerzas políticas antagónicas. Un ejemplo claro es el enfoque opuesto que mostraron respecto a la dolarización, tema que ha sido debatido tanto por ellos como por sus respectivas bancadas en la Asamblea Nacional. El CNE informó sobre las resultados irreversibles y declaró como vencedor a Noboa. 

Tras conocer la información, Luisa González se pronunció. En la sede de la Revolución Ciudadana, la correísta dijo que "no reconocía los resultados". En estas declaraciones, en las que estuvo acompañada de una gran cantidad de simpatizantes, dijo que pedirá el reconteo de los votos.

Hasta las 19:50 de este domingo, con el 87.41 % de actas válidas escrutadas a nivel nacional, el candidato Daniel Noboa se mantiene al frente con un 55.95 % de los votos, mientras que González alcanza el 44.05 %

Noboa denunció irregularidades en la primera vuelta

En las elecciones anticipadas de 2023, ambos contendieron en la segunda vuelta, resultando electo Daniel Noboa. Sin embargo, en la primera vuelta de las votaciones de 2025, el actual presidente denunció presuntas anomalías en el conteo de votos.

“Varias razones. Primero, muchísimas irregularidades; seguíamos contando, revisando en ciertas provincias, y había cosas que no cuadraban”, expresó Noboa en sus primeras declaraciones públicas.

Daniel Noboa, según cifras del CNE, va liderando las elecciones presidenciales de Ecuador. Archivo particular

No obstante, la Organización de Estados Americanos (OEA), mediante su misión de observación, rechazó las acusaciones formuladas por el mandatario.

Frente a este panorama, surge una interrogante clave: ¿Qué artículos del Código de la Democracia podría seguir el Consejo Nacional Electoral (CNE) si se presenta una denuncia formal por parte de alguno de los candidatos?

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Esto establece el Código de la Democracia

El CNE, como ente rector del sistema electoral ecuatoriano, se rige por lo estipulado en el Código de la Democracia. Según el artículo 238, en caso de impugnaciones a la adjudicación de cargos, la proclamación oficial de los resultados se llevará a cabo una vez que dichas impugnaciones hayan sido resueltas por el propio CNE o por las Juntas Electorales, según corresponda. Si se trata de recursos de apelación, estos serán revisados por el Tribunal Contencioso Electoral.

El Código también establece que las impugnaciones deben presentarse en un plazo máximo de dos días, y que las autoridades competentes tienen tres días para emitir una resolución.

Por su parte, el artículo 239 establece que los actores políticos cuentan con un plazo de dos días, desde la notificación, para solicitar la corrección, objetar o impugnar decisiones emitidas por los órganos electorales. Estas acciones deben realizarse ante la misma entidad que emitió la resolución o ante su superior jerárquico, de acuerdo con lo que corresponda en cada caso.

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