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Audiencia en la Corte IDH en Brasilia, el 23 de Agosto 2022.Land is Life

Ecuador obligado a proteger derechos de Tagaeri y Taromenane: Corte IDH emite fallo

Una sentencia histórica para los Tagaeri y Taromenane: Ecuador, culpable por vulnerar los derechos de pueblos en aislamiento

El 13 de marzo de 2025 marcó un antes y un después en la historia de los pueblos indígenas en aislamiento voluntario de Ecuador. Ese día, la Corte Interamericana de Derechos Humanos notificó oficialmente la sentencia dictada el 4 de septiembre de 2024 en el caso Pueblos Indígenas Tagaeri y Taromenane vs. Ecuador. 

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El fallo concluyó que el Estado ecuatoriano violó múltiples derechos fundamentales al autorizar proyectos extractivos dentro del territorio de estos pueblos que habitan la Amazonía occidental.

Con cinco votos a favor y dos en contra, la Corte responsabilizó al Estado por la vulneración de los derechos a la propiedad colectiva, libre determinación, vida digna, salud, alimentación, vivienda, medio ambiente sano, cultura, dignidad y protección familiar. La sentencia no solo ordena reparaciones simbólicas y materiales, sino también la adopción de medidas estructurales y legales que garanticen la protección efectiva de estos pueblos.

Aunque los Tagaeri y Taromenane habitan en la llamada Zona Intangible Tagaeri Taromenane (ZITT), establecida mediante el Decreto Ejecutivo 552 de 1999, el Estado permitió la ejecución de dos proyectos extractivos dentro de ese mismo territorio. Peor aún, los tribunales ecuatorianos concluyeron que tal designación no equivale a un título jurídico de propiedad, dejando un vacío legal que vulneró la seguridad territorial de estos pueblos.

¿Qué dice la Constitución sobre esto?

La Constitución del Ecuador reconoce en su artículo 57 que los territorios de pueblos en aislamiento son “de posesión ancestral irreductible e intangible”, prohibiendo expresamente toda actividad extractiva. Sin embargo, el artículo 407 del mismo texto abre una peligrosa puerta al señalar que, de forma excepcional, puede autorizarse la explotación de recursos en zonas protegidas, previa declaración de interés nacional por la Asamblea y solicitud del presidente.

Testimonio pregrabado de Conta, sobreviviente a la masacre de su pueblo Taromenane en 2013, proyectado en la audiencia de la CIDGH.Land is Life

Amenazas a los Tagaeri y Taromenane

Este doble discurso legal refleja las contradicciones internas del sistema ecuatoriano y su limitada voluntad de garantizar una verdadera protección a los PIAV. En la práctica, los Tagaeri y Taromenane —también llamados "no contactados", "ocultos" o "libres"— han tenido que enfrentarse a una larga lista de amenazas: el avance del narcotráfico, la minería ilegal, la tala clandestina, los conflictos con comunidades vecinas y la presión constante de megaproyectos.

En un contexto donde el Estado ha sido tanto omisor como agresor, la vía judicial internacional se convirtió en la única esperanza. Tras agotar los recursos internos, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos llevó el caso a la Corte en 2020. Y aunque la sentencia llegó en septiembre de 2024, fue notificada recién en marzo de 2025, casi cinco años después de haber iniciado el proceso.

El pronunciamiento de la Corte no solo constituye un hito para Ecuador, sino que sienta un precedente para toda América Latina, donde pueblos indígenas en aislamiento viven realidades similares en países como Brasil, Colombia, Bolivia, Perú, Venezuela y Paraguay.

Ecuador deberá ahora implementar acciones concretas: investigar las muertes violentas ocurridas en 2003, 2006 y 2013; adecuar su normativa para blindar efectivamente la ZITT; revisar y suspender licencias extractivas otorgadas en estos territorios; establecer protocolos de protección cultural y territorial, y garantizar el acceso efectivo a la justicia para los PIAV. También se determinó el pago de costos y gastos del proceso, aunque no se ordenó una indemnización compensatoria.

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