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Defensa del decreto 500: Presidencia alega fuerza mayor para campaña electoral
Sostiene que no es inconstitucional ausentarse del poder por "fuerza mayor" para hacer campaña electoral
Stalin Andino González, Secretario General Jurídico encargado de la presidencia, firmó el documento que el Ejecutivo presentó a la Corte Constitucional en respuesta a la demanda interpuesta por el abogado Gabriel Pereira en contra del Decreto 500. Este decreto otorgó temporalmente poderes a Cynthia Gellibert durante los tres días en que el presidente realizaba actividades de campaña electoral para las elecciones de febrero.
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Argumentos legales presentados por el Ejecutivo
En el escrito dirigido a la jueza Karla Andrade Quevedo, se argumentó que la demanda carece de base jurídica y que representa una simple inconformidad. El documento cita el Código Civil para justificar que las actividades de campaña del presidente se consideran una "fuerza mayor". En particular, se hace referencia al artículo 30, que establece que los actos de un funcionario público pueden ser considerados de fuerza mayor cuando no se ajustan a sus competencias y atribuciones.
El Ejecutivo también defendió que el presidente no está obligado a tomar licencia para participar en actividades proselitistas, señalando que las normativas vigentes no son claras en este aspecto. Además, en el documento de 19 páginas, se destacó que fue la decisión personal del presidente continuar con sus responsabilidades mientras llevaba a cabo su campaña política.
El escrito menciona una sentencia de la Corte Constitucional que establece que la "fuerza mayor" es un evento imprevisible que impide al presidente ejercer su cargo. En este sentido, la campaña electoral se presentó como una circunstancia excepcional que justificaba la decisión del presidente de mantenerse en funciones mientras realizaba actividades proselitistas.
Contexto de la controversia sobre el Decreto 500
En el documento también se abordaron los hechos ocurridos el 5 de enero, cuando el presidente Noboa salió al balcón del Palacio de Gobierno para dirigirse a sus simpatizantes durante el inicio de la campaña. Noboa aclaró que la concentración no fue organizada por él ni por ninguna entidad del Ejecutivo, y que su discurso fue un acto de cortesía, sin intención de incitar al voto.
Para evitar posibles conflictos con el uso de recursos públicos y sanciones electorales, Noboa emitió el Decreto Ejecutivo 500, con el fin de separar sus actividades de campaña de sus funciones como jefe de Estado. Sin embargo, este decreto fue posteriormente derogado.
En su defensa, el presidente solicitó a la Corte Constitucional que desestimara la demanda en su contra, asegurando que las medidas adoptadas fueron necesarias para gestionar una situación excepcional. Además, subrayó que la derogación del Decreto 500 refuerza su argumento de que no cometió ninguna irregularidad.
Noboa insistió en que su situación es única, ya que debe compaginar el ejercicio de la Presidencia con su participación en un proceso electoral, y reiteró su compromiso de actuar conforme a la ley mientras avanza con su agenda política.
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