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ADN es el movimiento político del presidente Daniel Noboa.FLICKR PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR.

ADN señala al correísmo de querer tomarse la Presidencia a través de Verónica Abad

La Asamblea Nacional se reunirá este sábado 4 de enero para decidir sobre la licencia sin sueldo de los candidatos a la reelección

Nueva disputa a la vista. La bancada oficialista ADN emitió su pronunciamiento la noche de este viernes 3 de enero de 2025 respecto a la convocatoria realizada al Pleno de la Asamblea Nacional, para que se tome una decisión sobre la licencia sin sueldo de los candidatos que aspiran a la reelección en los comicios del próximo 9 de febrero. 

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"La Asamblea Nacional, liderada por el correísmo y sus aliados políticos, planean mañana un intento de golpe de Estado, obligando a tomar licencia al Primer Mandatario (Daniel Noboa) y tomarse la Presidencia a través de Verónica Abad, nueva cuota política de la Revolución Ciudadana", señala un comunicado publicado en sus redes sociales.

Asimismo, afirman que dicha medida sería ilegal, ilegítima e irresponsable para el país. Señalan que se estaría cometiendo un delito flagrante de usurpación y simulación de funciones públicas, además de infringir las normativas electorales. 

En el mismo texto, la bancada oficialista señala: "defenderemos al Ecuador y actuaremos amparados en la Ley contra quienes intentan desestabilizar al gobierno del Presidente, Daniel Noboa".

Al concluir el comunicado, hacen un llamado a la ciudadanía para que se mantenga atenta al actuar de la Asamblea Nacional. 

Asamblea decidirá sobre licencia sin sueldo de candidatos a reelección

La presidenta de la Asamblea Nacional, Viviana Veloz, convocó al Pleno del Legislativo para el sábado 4 de enero de 2025, con el fin de abordar el tema de la licencia sin sueldo para los funcionarios públicos electos que se postulan para la reelección. La sesión se llevará a cabo de manera virtual a las 19:00.

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La medida responde al cumplimiento del artículo 93 del Código de la Democracia, que regula la participación de los dignatarios de elección popular en los procesos electorales.

De acuerdo con lo establecido en dicho artículo, aquellos que aspiren a la reelección inmediata deben solicitar una licencia sin sueldo desde el inicio de la campaña electoral.

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